domingo, 25 de octubre de 2009

Toma de decisiones


“La toma de decisiones es un proceso más complejo y amplio que simplemente elegir entre alternativas”, es un proceso que incluye identificar un problema, elegir una alternativa y evaluar la eficacia de dicha decisión.” Robbins (2000).

Un aspecto fundamental en la toma de decisiones es la percepción de la situación por parte de la persona que debe tomar la decisión, ya que determinada circunstancia puede ser percibida por una persona como un problema y por otra como una situación normal o hasta favorable

El director de una institución pasa la mayor parte de su tiempo atendiendo situaciones,resolviendo problemas y tomando decisiones necesarias para el buen funcionamiento del centro educativo. La mayor parte de las decisiones gerenciales carecen de estructura y conllevan riesgo, incertidumbre y conflicto.

Tipos y características de las decisiones


Tipo de Decisiones: las decisiones pueden ser de dos tipos Programadas y No programada
Decisiones Programadas
El gerente deben tener identificadas aquellas situaciones que, por su recurrencia o importancia relativa, puedan ser tipificadas de manera tal que, al ocurrir, ya se tenga decidido lo que se debe hacer.

Decisiones No Programadas
Involucran situaciones, imprevistas o muy importantes que requieren una solución específica y particular por parte de los implicados. Las decisiones no programadas por la importancia que involucran, se reservan a personal de un nivel superior debido al impacto de sus consecuencias en la organización.

Características de las Decisiones: Certeza e Incertidumbre
Certeza
Estado que existe cuando quienes toman decisiones disponen de información completa y precisa.
Incertidumbre
Existe cuando quienes toman decisiones no cuentan con información suficiente para conocer las consecuencias de acciones distintas.

Etapas en el Proceso de Toma de Decisiones

Etapas en el proceso de toma de Decisiones

Según Robbins (2000) el proceso de toma de decisiones pasa por las siguientes etapas.
1-Identificar y definir el problema
2-Establecer objetivos
3-Fijar prioridades
4-Determinar causas del problema
5-Buscar soluciones alternativas
6-Evaluarlas y elegir una
7-Ponerla en práctica
8-Realizar el seguimiento

Fuente:Robbins Stephen.(2000).Comportamiento organizacional. Editorial Prentice Hall. México

domingo, 18 de octubre de 2009

Organización Escolar

García Requena (1997) define la Organización Escolar como “el estudio científico de las instituciones educativas y de la adecuada y ordenada gestión de los elementos que la integran para favorecer los aprendizajes y propiciar la educación”.

Otro autor, Hernández Ruiz (1954) la define como la “disposición de los diferentes elementos que concurren en la vida y la actividad escolar”.

Por su parte García Hoz (1964) la describe como “la ordenación de los distintos elementos de la escuela hecha con el fin de que todos concurran adecuadamente a la educación de los escolares”.





Rufino Blanco (1930) afirma que el objetivo de la organización escolar es la educación de los escolares a través del proceso instructivo con una correcta adecuación de los elementos que integran un centro.

En el proceso de la organización escolar se considera que las instituciones educativas son el resultados de los siguientes elementos que la conforman:
1.-Recursos Humanos
2.-Recursos materiales
3.-Elementos formales y funcionales: marcan las pautas y regulan las actuaciones.
4.-Elementos complementarios: que contribuyen desde instancias externas como comunidad, actividades extraescolares, etc.






Se recomienda revisar en la siguiente dirección http://www.slideshare.net/ el contenido de la presentación: Organización Escolar.


Aspectos Fundamentales de la Organización Escolar


Aspectos Fundamentales de la Organización Escolar

1.-Determinación de objetivos
2.-Ordenación de los elementos
3.-Coordinación de las actuaciones
4.-Atribución de responsabilidades



Características de la organización escolar


Sáenz Barrio (1988) señala que organización escolar comprende las siguientes características:
a.-La escuela como entidad compleja.
b.-Ordenación o disposición adecuada de elementos.
c.-La acción escolar, o la educación, como núcleo articulador.
d.-Pluralidad e interrelación de elementos intervinientes en el proceso educativo.

Organización escolar y estudio de la organización

Las instituciones educativas como otras organizaciones se han apoyado en las teorías del desarrollo organizacional que frece alternativas para dirigir una empresa u organización, estas alternativas sugieren el modo de hacer frente a las crisis organizativas, a los conflictos internos, a comprender la conducta organizacional, la necesidad de una mayor creatividad, de flexibilidad en las organizaciones, a comprender la decisiones organizativas, etc.


Con respecto a las decisiones organizativas es importante destacar que pueden desarrollarse en 3 ámbitos: legal, propuestas organizativas en el centro escolar y tomadas en el aula.

1.-Marco legal: fundamento y políticas que definen el Sistema educativo.

2.-Propuestas organizativas en el centro escolar: que conllevan la participación activa de todos los actores.

3.-Tomadas en el aula: se concretan al educador y al alumno.

Conclusiones



La organización escolar conjuntamente con el proceso administrativo en atención a legislación que nos rige en materia educativa, son aspectos fundamentales en el funcionamiento de una institución educativa.
El director, independientemente del tamaño o tipo de institución que dirige, debe apropiarse de conocimientos y teorías en la materia que le permitan afrontar con éxito las exigencias de su rol.
Fuentes:
Garcia Requena, Filomena. 1997. Organizacion escolar y gestion de centros educativos. España.
Instituto de Mejoramiento Profesional del Magisterio. 1992. Administracion Educativa. Venezuela

domingo, 11 de octubre de 2009

Ley Orgánica de Educación

En el primer articulo de la Ley Orgánica de Educación se establece su objetivo, es decir desarrollar los principios y valores rectores, derechos, garantías y deberes en educación, que asume el Estado como función indeclinable y de máximo interés, de acuerdo con los principios constiucionales y orientada por valores éticos humanistas para la transformación social,asi como las bases organizativas y de funcionamiento del Sistema Educativo de la República Bolivariana de Venezuela.
Con respecto a la educación especial encontramos el siguiente artículo:
Art 26. Las modalidades del Sistema Educativo son variantes educativas para la atención de las personas que por sus características y condiciones especificas de su desarrollo integral, cultural, étnico, lingüístico y otras, requieren adaptaciones curriculares de forma permanente o temporal con el fin de responder a las exigencias de los diferentes niveles educativos.

Son modalidades: La educación especial, la educación de jóvenes, adultos y adultas, la educación en fronteras, la educación rural, la educación para las artes, la educación militar, la educación intercultural, , la educación intercultural bilingüe y otras que sean determinada por el reglamento o por ley. La duración, requisitos, certificados y títulos de las modalidades del Sistema Educativo estarán definidos en la ley especial de duración básica y de educación universitaria.

sábado, 3 de octubre de 2009

Ley Orgánica de Educación

La Ley Orgánica de Educación tiene por objeto desarrollar los postulados que en materia educativa consagra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, esta ley fue recientemente modificada por lo cual es propicio la lectura, análisis y reflexión sobre la misma.
En este sentido las invito a su lectura para posteriormente:
Identificar los artículos que consegran el derecho a la educación de las personas con necesidades especiales. Podremos intercambiar sobre ambos aspectos en la sesión de Chat fijada para el sábado 3/10/09 en el horario comprendido entre las 3:00 y las 5:00 pm.
Nota: La ley esta disponible en el material de apoyo

Ley para las personas con discapacidad

Ley para personas con discapacidad

Publicada en gaceta nº 38.595 derogando la ley para la integración de personas incapacitadas.Tiene por objeto regular los medios y mecanismos, que garanticen el desarrollo integral de las personas con discapacidad de manera plena y autónoma, de acuerdo con sus capacidades, y lograr la integración a la vida familiar y comunitaria, mediante su participación directa como ciudadanos y ciudadanas plenos de derechos y la participación solidaria de la sociedad y la familia.
En el Capítulo II de la Ley titulado De la Educación, Cultura y Deportes, se establece en relación a la Educación:

Artículo 15. Toda persona con discapacidad tiene derecho a asistir a una institución o centro
educativo para obtener educación, formación o capacitación. No deben exponerse razones de
discapacidad para impedir el ingreso a institutos de educación regular básica, media,
diversificada, técnica o superior, formación preprofesional o en disciplinas o técnicas que
capaciten para el trabajo. No deben exponerse razones de edad para el ingreso o permanencia
de personas con discapacidad en centros o instituciones educativas de cualquier nivel o tipo

Ley para las personas con discapacidad


Artículo 17. El Estado regulará las características, condiciones y modalidades de la educación
dirigida a personas con discapacidad, atendiendo a las cualidades y necesidades individuales
de quienes sean cursantes o participantes, con el propósito de brindar, a través de instituciones
de educación especializada, la formación y capacitación necesarias, adecuadas a las aptitudes
y condiciones de desenvolvimiento personal, con el propósito de facilitar la inserción en la
escuela regular hasta el nivel máximo alcanzable en el tipo y grado de discapacidad
específica.
Las personas con discapacidad que no puedan recibir educación básica contarán con servicios
apropiados que garanticen su desarrollo y bienestar, incluyendo los brindados en los centros
de enseñanza especializada.
Quienes deban permanecer en escuelas especializadas por el grado de su discapacidad
intelectual, deben ser atendidos, independientemente de su edad cronológica.

Los familiares de niñas, niños y adolescentes con discapacidad, deben ser informados y
educados adecuadamente acerca de la discapacidad de que se trate y capacitados para ser
copartícipes eficientes en las actividades educativas y formativas de ellas y ellos.