sábado, 14 de noviembre de 2009

Proyecto Educativo Integral Comunitario


El Proyecto Educativo Integral Comunitario se fundamenta en una concepción holística del hecho educativo, constituyendose en una valiosa oportunidad de analizar necesidades y aspiraciones sentidas por el colectivo que conforma la institución educativa y su entorno, para generar alternativas que permitan el mejoramiento de la calidad de la educación y superar las dificultades en base al esfuerzo colectivo.



Este hecho promueve la acción comunitaria y genera espacios de participación, de acción que benefician a los integrantes de la comunidad educativa en el marco de una gestión autónoma, es decir descentralizada en la cual quienes participan son los mismos actores que conocen directamente los problemas y apuestan a sus soluciones.


Proyecto Educativo Integral Comunitario


“El proyecto educativo institucional se concibe como un proceso en permanente construcción colectiva, es decir, se trata de prolongar a través de él la vida de la institución que a partir de su identidad va construyendo continuamente su visión institucional.”
También es definido como “un plan de acción combinado con principios pedagógicos que busca mejorar tanto la educación impartida como el funcionamiento del plantel, elaborado por los actores del plantel, tomando en cuenta las características del mismo, del entorno social y de las intenciones de los mismos actores”.
El proyecto se basa en la realidad de la institución, sus necesidades, intereses, sus recursos, sus fortalezas, sus debilidades y sus características específicas, desarrollando acciones pedagógicas, culturales, recreativas, deportivas, artísticas, tecnológicas, científicas y sociales desde una perspectiva integral y en el marco de una acción cooperativa.
Desde un punto de vista operativo, el Ministerio de Educación destaca que el proyecto permite la construcción de una escuela colaboradora, producto del establecimiento de un lenguaje común para el desarrollo de una planificación por parte de los actores educativos; una escuela con identidad institucional.
Este Proyecto permite a la comunidad identificar y jerarquizar necesidades, plantear soluciones y establecer responsabilidades contenidas en una planificación en la cual todos los actores involucrados participan para lograr las metas establecidas.

Constituye una propuesta que requiere la participación de todos los involucrados para alcanzar el ideal educativo, pero si las metas no se encuentran bien definidas y si no se ponen en acción la planificación se corre el riesgo de que se limite a un aspecto meramente administrativo.
Les invito a examinar la siguiente presentación: http://www.ica.e12.ve/peic/presentacion%20peic_archivos/frame.htm

jueves, 5 de noviembre de 2009

Descentralización Educativa

La descentralización hace referencia a un proceso en el cual la toma de decisiones no esta focalizada o centralizada en un nivel de la organización, es decir que la facultad de participar en la toma de decisiones se desplaza a niveles inferiores por lo cual se puede dar respuestas oportunas a las necesidades que se presentan a nivel regional o local.
Para muchos autores la descentralización permite redefinir las funciones del Estado Venezolano incrementando las posibilidades de participación de los ciudadanos en los asuntos que le conciernen, establecièndose asì un nuevo tipo de relación.
Antecedentes

En la década de los años 80 comienza a plantearse la participación de la sociedad civil y la necesidad de una mayor representatividad para superar la crisis creada por el centralismo que no favorecía las respuestas oportunas y eficaces a la necesidades de las regiones.

Para dar respuesta a esta demanda en 1984 se crea la Comisión para la Reforma del Estado (COPRE) con el fin de elaborar un Proyecto de Reforma Integral del Estado (PRIE), iniciando el proceso de aprobación de leyes de descentralización política.

Entre estas leyes cabe mencionar las del régimen municipal y de la reforma electoral, la cual en su primera fase establece la elección local de gobernadores, paso importante en el proceso general de la descentralización política, y la delimitación y transferencia de competencias. Otro avance en materia de descentralización política lo constituye la elección directa de alcaldes.

Aunada a la descentralización política, también se abordó la administrativa y educativa considerándose esta ultima como un proceso que va más allá de la simple delegación de funciones administrativas para convertirse en un proceso con múltiples posibilidades.

Entre las posibilidades de la descentralización educativa se destacaban: elevar la calidad de la educación, ampliar la cobertura del sistema educativo, ampliar los canales de participación y propiciar el acercamiento de las comunidades a la toma de decisiones, etc.


Características de la descentralización

-.Los niveles inferiores de la Jerarquía administrativa toman el mayor número posible de decisiones.

-.La descentralización se traduce en autonomía e independencia relativas para tomar decisiones.

-.Los niveles más bajos de la Jerarquía administrativa toman decisiones importantes y de trascendencia.
Fuente:
NERY, B. (1993).Descentralización. Una estrategia para el desarrollo educativo. Universidad del Zulia. Maracaibo.
VALBUENA, María.Descentralización Educativa (2005) vol.12, no.1, p.69-82.Venezuela.
Para mayor información les recomiendo la siguiente lectura: http://www.serbi.luz.edu.ve/pdf/ed/v12n1/art_05.pdf

domingo, 25 de octubre de 2009

Toma de decisiones


“La toma de decisiones es un proceso más complejo y amplio que simplemente elegir entre alternativas”, es un proceso que incluye identificar un problema, elegir una alternativa y evaluar la eficacia de dicha decisión.” Robbins (2000).

Un aspecto fundamental en la toma de decisiones es la percepción de la situación por parte de la persona que debe tomar la decisión, ya que determinada circunstancia puede ser percibida por una persona como un problema y por otra como una situación normal o hasta favorable

El director de una institución pasa la mayor parte de su tiempo atendiendo situaciones,resolviendo problemas y tomando decisiones necesarias para el buen funcionamiento del centro educativo. La mayor parte de las decisiones gerenciales carecen de estructura y conllevan riesgo, incertidumbre y conflicto.

Tipos y características de las decisiones


Tipo de Decisiones: las decisiones pueden ser de dos tipos Programadas y No programada
Decisiones Programadas
El gerente deben tener identificadas aquellas situaciones que, por su recurrencia o importancia relativa, puedan ser tipificadas de manera tal que, al ocurrir, ya se tenga decidido lo que se debe hacer.

Decisiones No Programadas
Involucran situaciones, imprevistas o muy importantes que requieren una solución específica y particular por parte de los implicados. Las decisiones no programadas por la importancia que involucran, se reservan a personal de un nivel superior debido al impacto de sus consecuencias en la organización.

Características de las Decisiones: Certeza e Incertidumbre
Certeza
Estado que existe cuando quienes toman decisiones disponen de información completa y precisa.
Incertidumbre
Existe cuando quienes toman decisiones no cuentan con información suficiente para conocer las consecuencias de acciones distintas.

Etapas en el Proceso de Toma de Decisiones

Etapas en el proceso de toma de Decisiones

Según Robbins (2000) el proceso de toma de decisiones pasa por las siguientes etapas.
1-Identificar y definir el problema
2-Establecer objetivos
3-Fijar prioridades
4-Determinar causas del problema
5-Buscar soluciones alternativas
6-Evaluarlas y elegir una
7-Ponerla en práctica
8-Realizar el seguimiento

Fuente:Robbins Stephen.(2000).Comportamiento organizacional. Editorial Prentice Hall. México

domingo, 18 de octubre de 2009

Organización Escolar

García Requena (1997) define la Organización Escolar como “el estudio científico de las instituciones educativas y de la adecuada y ordenada gestión de los elementos que la integran para favorecer los aprendizajes y propiciar la educación”.

Otro autor, Hernández Ruiz (1954) la define como la “disposición de los diferentes elementos que concurren en la vida y la actividad escolar”.

Por su parte García Hoz (1964) la describe como “la ordenación de los distintos elementos de la escuela hecha con el fin de que todos concurran adecuadamente a la educación de los escolares”.





Rufino Blanco (1930) afirma que el objetivo de la organización escolar es la educación de los escolares a través del proceso instructivo con una correcta adecuación de los elementos que integran un centro.

En el proceso de la organización escolar se considera que las instituciones educativas son el resultados de los siguientes elementos que la conforman:
1.-Recursos Humanos
2.-Recursos materiales
3.-Elementos formales y funcionales: marcan las pautas y regulan las actuaciones.
4.-Elementos complementarios: que contribuyen desde instancias externas como comunidad, actividades extraescolares, etc.






Se recomienda revisar en la siguiente dirección http://www.slideshare.net/ el contenido de la presentación: Organización Escolar.


Aspectos Fundamentales de la Organización Escolar


Aspectos Fundamentales de la Organización Escolar

1.-Determinación de objetivos
2.-Ordenación de los elementos
3.-Coordinación de las actuaciones
4.-Atribución de responsabilidades



Características de la organización escolar


Sáenz Barrio (1988) señala que organización escolar comprende las siguientes características:
a.-La escuela como entidad compleja.
b.-Ordenación o disposición adecuada de elementos.
c.-La acción escolar, o la educación, como núcleo articulador.
d.-Pluralidad e interrelación de elementos intervinientes en el proceso educativo.

Organización escolar y estudio de la organización

Las instituciones educativas como otras organizaciones se han apoyado en las teorías del desarrollo organizacional que frece alternativas para dirigir una empresa u organización, estas alternativas sugieren el modo de hacer frente a las crisis organizativas, a los conflictos internos, a comprender la conducta organizacional, la necesidad de una mayor creatividad, de flexibilidad en las organizaciones, a comprender la decisiones organizativas, etc.


Con respecto a las decisiones organizativas es importante destacar que pueden desarrollarse en 3 ámbitos: legal, propuestas organizativas en el centro escolar y tomadas en el aula.

1.-Marco legal: fundamento y políticas que definen el Sistema educativo.

2.-Propuestas organizativas en el centro escolar: que conllevan la participación activa de todos los actores.

3.-Tomadas en el aula: se concretan al educador y al alumno.

Conclusiones



La organización escolar conjuntamente con el proceso administrativo en atención a legislación que nos rige en materia educativa, son aspectos fundamentales en el funcionamiento de una institución educativa.
El director, independientemente del tamaño o tipo de institución que dirige, debe apropiarse de conocimientos y teorías en la materia que le permitan afrontar con éxito las exigencias de su rol.
Fuentes:
Garcia Requena, Filomena. 1997. Organizacion escolar y gestion de centros educativos. España.
Instituto de Mejoramiento Profesional del Magisterio. 1992. Administracion Educativa. Venezuela

domingo, 11 de octubre de 2009

Ley Orgánica de Educación

En el primer articulo de la Ley Orgánica de Educación se establece su objetivo, es decir desarrollar los principios y valores rectores, derechos, garantías y deberes en educación, que asume el Estado como función indeclinable y de máximo interés, de acuerdo con los principios constiucionales y orientada por valores éticos humanistas para la transformación social,asi como las bases organizativas y de funcionamiento del Sistema Educativo de la República Bolivariana de Venezuela.
Con respecto a la educación especial encontramos el siguiente artículo:
Art 26. Las modalidades del Sistema Educativo son variantes educativas para la atención de las personas que por sus características y condiciones especificas de su desarrollo integral, cultural, étnico, lingüístico y otras, requieren adaptaciones curriculares de forma permanente o temporal con el fin de responder a las exigencias de los diferentes niveles educativos.

Son modalidades: La educación especial, la educación de jóvenes, adultos y adultas, la educación en fronteras, la educación rural, la educación para las artes, la educación militar, la educación intercultural, , la educación intercultural bilingüe y otras que sean determinada por el reglamento o por ley. La duración, requisitos, certificados y títulos de las modalidades del Sistema Educativo estarán definidos en la ley especial de duración básica y de educación universitaria.

sábado, 3 de octubre de 2009

Ley Orgánica de Educación

La Ley Orgánica de Educación tiene por objeto desarrollar los postulados que en materia educativa consagra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, esta ley fue recientemente modificada por lo cual es propicio la lectura, análisis y reflexión sobre la misma.
En este sentido las invito a su lectura para posteriormente:
Identificar los artículos que consegran el derecho a la educación de las personas con necesidades especiales. Podremos intercambiar sobre ambos aspectos en la sesión de Chat fijada para el sábado 3/10/09 en el horario comprendido entre las 3:00 y las 5:00 pm.
Nota: La ley esta disponible en el material de apoyo

Ley para las personas con discapacidad

Ley para personas con discapacidad

Publicada en gaceta nº 38.595 derogando la ley para la integración de personas incapacitadas.Tiene por objeto regular los medios y mecanismos, que garanticen el desarrollo integral de las personas con discapacidad de manera plena y autónoma, de acuerdo con sus capacidades, y lograr la integración a la vida familiar y comunitaria, mediante su participación directa como ciudadanos y ciudadanas plenos de derechos y la participación solidaria de la sociedad y la familia.
En el Capítulo II de la Ley titulado De la Educación, Cultura y Deportes, se establece en relación a la Educación:

Artículo 15. Toda persona con discapacidad tiene derecho a asistir a una institución o centro
educativo para obtener educación, formación o capacitación. No deben exponerse razones de
discapacidad para impedir el ingreso a institutos de educación regular básica, media,
diversificada, técnica o superior, formación preprofesional o en disciplinas o técnicas que
capaciten para el trabajo. No deben exponerse razones de edad para el ingreso o permanencia
de personas con discapacidad en centros o instituciones educativas de cualquier nivel o tipo

Ley para las personas con discapacidad


Artículo 17. El Estado regulará las características, condiciones y modalidades de la educación
dirigida a personas con discapacidad, atendiendo a las cualidades y necesidades individuales
de quienes sean cursantes o participantes, con el propósito de brindar, a través de instituciones
de educación especializada, la formación y capacitación necesarias, adecuadas a las aptitudes
y condiciones de desenvolvimiento personal, con el propósito de facilitar la inserción en la
escuela regular hasta el nivel máximo alcanzable en el tipo y grado de discapacidad
específica.
Las personas con discapacidad que no puedan recibir educación básica contarán con servicios
apropiados que garanticen su desarrollo y bienestar, incluyendo los brindados en los centros
de enseñanza especializada.
Quienes deban permanecer en escuelas especializadas por el grado de su discapacidad
intelectual, deben ser atendidos, independientemente de su edad cronológica.

Los familiares de niñas, niños y adolescentes con discapacidad, deben ser informados y
educados adecuadamente acerca de la discapacidad de que se trate y capacitados para ser
copartícipes eficientes en las actividades educativas y formativas de ellas y ellos.

domingo, 27 de septiembre de 2009

Legislación en Educación Especial


Entendemos por legislación en Educación especial al conjunto de leyes que garantizan los derechos de las personas con necesidades educativas especiales. Dichos derechos constituyen logros que se plantearon inicialmente en el siglo XX y se consolidareon en el siglo XXI.
La fundamentación legal de la educación especial en nuestro país esta establecida en:
  • Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela

  • Ley Orgánica para la protección del Niño, Niña y Adolescente

  • Ley Orgánica de Educación

  • Ley para las personas con discapacidad

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.1999

En el Capítulo V de nuestra carta magna, titulado De los Derechos Sociales y de las Familias se establece:
Artículo 81. Toda persona con discapacidad o necesidades especiales tiene derecho al ejercicio pleno y autónomo de sus capacidades y a su integración familiar y comunitaria. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, les garantizará el respeto a su dignidad humana, la equiparación de oportunidades, condiciones laborales satisfactorias, y promueve su formación, capacitación y acceso al empleo acorde con sus condiciones, de conformidad con la ley. Se les reconoce a las personas sordas o mudas el derecho a expresarse y comunicarse a través de la lengua de señas.

Posteriormente en el Capítulo VI, De los Derechos Culturales y Educativos se señala:

Artículo 102. La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentado en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social consustanciados con los valores de la identidad nacional, y con una visión latinoamericana y universal. El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana de acuerdo con los principios contenidos de esta Constitución y en la ley.



Artículo 103. Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. La educación es obligatoria en todos sus niveles, desde el maternal hasta el nivel medio diversificado. La impartida en las instituciones del Estado es gratuita hasta el pregrado universitario. A tal fin, el Estado realizará una inversión prioritaria, de conformidad con las recomendaciones de la Organicación de las Naciones Unidas.El Estado creará y sostendrá instituciones y servicios suficientemente dotados para asegurar el acceso, permanencia y culminación en el sistema educativo. La ley garantizará igual atención a las personas con necesidades especiales o con discapacidad y a quienes se encuentren privados de su libertad o carezcan de condiciones básicas para su incorporación y permanencia en el sistema educativo.

Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. En vigencia desde 1º de Abril del año 2000
Artículo 29. Derechos de los niños, niñas y adolescentes con necesidades especiales.
Todos los niños, niñas y adolescentes con necesidades especiales tienen todos los derechos y garantías consagrados y reconocidos por esta Ley, además de los inherentes a su condición específica. El Estado, las familias y la sociedad deben asegurarles el pleno desarrollo de su personalidad hasta el máximo de sus potencialidades, así como el goce de una vida plena y digna.
El Estado, con la activa participación de la sociedad, debe asegurarles:
a) Programas de asistencia integral, rehabilitación e integración.
b) Programas de atención, orientación y asistencia dirigidos a su familia.
c) Campañas permanentes de difusión, orientación y promoción social dirigidas a la comunidad sobre su condición específica, para su atención y relaciones con ellos.
Artículo 53. Derecho a la educación.
Todos los niños, niñas y adolescentes tienen el derecho a la educación gratuita y obligatoria, garantizándoles las oportunidades y las condiciones para que tal derecho se cumpla, cercano a su residencia, aun cuando estén cumpliendo medida socioeducativa en el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente.
Parágrafo Primero. El Estado debe crear y sostener escuelas, planteles e institutos oficiales de educación, de carácter gratuito, que cuenten con los espacios físicos, instalaciones y recursos pedagógicos para brindar una educación integral de la más alta calidad. En consecuencia, debe garantizar un presupuesto suficiente para tal fin.
Parágrafo Segundo. La educación impartida en las escuelas, planteles e institutos oficiales será gratuita en todos los ciclos, niveles y modalidades, de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico.
Artículo 61. Educación de niños, niñas y adolescentes con necesidades especiales.
El Estado debe garantizar modalidades, regímenes, planes y programas de educación específicos para los niños, niñas y adolescentes con necesidades especiales. Asimismo, debe asegurar, con la activa participación de la sociedad, el disfrute efectivo y pleno del derecho a la educación y el acceso a los servicios de educación de estos niños, niñas y adolescentes. El Estado debe asegurar recursos financieros suficientes que permitan cumplir esta obligación.

domingo, 20 de septiembre de 2009

Etapas del Proceso Administrativo

Stoner (1990) define el proceso administrativo como “el conjunto de etapas que se interrelacionan y forman un proceso integral, a través de las cuales se efectúa la administración”. Dicho proceso se caracteriza por los siguientes elementos:

1.-Se puede aplicar indistintamente del tipo de organizaciòn.
2.-Su aplicaciòn propicia resultados favorables en las organizaciones


Las etapas del proceso administrativo pueden variar dependiendo del autor en estudio, no obstante todos coinciden en que permiten orientar en relación a una serie de aspectos fundamentales para el cumplimiento de los objetivos planteados en una organización:


¿Qué se va hacer?
¿Como se va hacer?
¿Con que se va hacer?
¿Como se ha realizado?

En la clase presencial pudimos intercambiar en relación a una serie de etapas, en esta oportunidad vamos a conocer otra clasificación: Deliberación, Decisión, Programación, Implementación, Coordinación y Evaluación.



DELIBERACIÓN
Hace referencia a la necesidad de considerar detenidamente todos los factores, ventajas y desventajas de una programación antes de adoptarla. Es decir constituye una etapa de análisis de la situación y sus diferentes alternativas con la finalidad de tomar una decisión.


DECISIÓN
Una vez analizada la situación la siguiente etapa comprende la toma de una determinación entre varias posibilidades de acción. Es decir elección de cursos de acción en base a varias alternativas.


PROGRAMACIÓN
Precede a la acción, implica establecer las acciones, actividades y procedimientos para cumplir los objetivos.
Supone, por lo tanto, el establecimiento de recursos, actividades y asignación de roles para el cumplimiento de los objetivos y metas.


IMPLEMENTACIÓN
En esta etapa se aplica la programación con la posibilidad de corregir los inconvenientes que pudieran presentarse.


COORDINACIÓN
Se plantea por parte del administrador el desarrollo de acciones que propicien la armonía entre los miembros de la organización para asegurarse el cumplimiento de los objetivos sin mayores dificultades. Implica guiar e influir en las personas para que contribuyan efectivamente con el logro de objetivos.



EVALUACIÓN
Comprende la revisiòn del desempeño grupal y organizacional con el objeto de verificar el cumplimiento de las actividades y objetivos planteados conforme a lo planificado.


Podemos resumir cada etapa de la siguiente manera:





Deliberación: Pensar antes de actuar, analizar acciones.
Decisión: Seleccionar las alternativas más favorables.
Programación: Establecer actividades y roles.
Implementación: Aplicar la programación
Coordinación: Conjugar las acciones y esfuerzos del equipo
Evaluación: Revisión de los resultados




Fuente:
STONER J., WANKEL C. 1990. Administración. Prentice-Hall. México.
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA, 1980.Introducción a la Administración. Venezuela.

martes, 8 de septiembre de 2009

Principios de la administración

Los principios de la administración constituyen una serie de fundamentos o condiciones sobre los cuales se basan los procesos administrativos que permitirán a la organización alcanzar el éxito en sus objetivos.

La teoría de los principios administrativos constituye un aporte de Henry Fayol, para quien los principios constituyen reglas o condiciones necesarias en toda empresa.Independientemente del tipo de organización siempre se cunplen serán necesarias cumplir funciones administrativas.

Principios de la administración:

1.-División del trabajo:es necesario limitar el número de actividades que realiza un trabajador a una actividad concreta que al ser realizada en forma reiterada permite alcanzar la especialización del área.

2.-Autoridad:concebida como el derecho a mandar y ser obedecido pero que a la vez implica un alto grado de responsabilidad.

3.-Disciplina:entendida como el respeto a las normas establecidas en la empresa.

4.-Unidad de mando: es necesaria la presencia de un jefe que se encargue de dar los lineamientos e instrucciones.

5.-Unidad de deirección: además de un sólo jefe, es necesario una misma dirección en los lineamientos y objetivos que permitan mantener la coherencia de las acciones.

6.-Subordinación del interés particular al interés general: el interés individual debe estar subordinado al interés de todos en la empresa.

7.-Remuneración del personal: A cambio de su esfuerzo el trabajador debe recibir un pago equitativo y satisfactorio.

8.-Centralización: hace referencia a la forma como la autoridad se manifiesta en una empresa, que puede ser en forma dispersa o centrada.

9.-Jerarquización: linea de autoridad que siguen las comunicaciones y directrices.

10.-Orden: principio fundamental en la empresa relacionado con las cosas y las personas "cada cosa en su lugar y cada persona en el lugar indicado". Este principio destaca la importancia de un buen proceso de selección y reclutamiento del personal,ya que cuando no se toma una decisión apropiada la empresa se ve perjudicada.

11.-Equidad: es necesario tratar al personal con justicia y benevolencia para que su actuación sea la correcta, este hecho estimula las conductas apropiadas en los trabajadores.

12.-Estabilidad del personal: el trabajador requiere tiempo para especializarse en la actividad que realiza, si se presenta una rotación del personal que no considere este aspecto la empresa será afectada. En el caso de los gerentes estos requieren más tiempo en sus funciones que el resto de los trabajadores.

13.-Iniciativa: se debe estimular en los trabajadores ya que constituye una fuerza que impulsa a las empresas.

14.-Unión del personal: la unión hace la fuerza y fortalece a las empresas en el logro de sus objetivos.

Fuente:Fayol,Henry (1966).Administración industrial y general. México.

11.-

Presentación

Bienvenidas a este blog que nos permitirá intercambiar información,ideas y opiniones en relación a la asignatura de Organización, Administración y Legislación en Educación Especial.