sábado, 3 de octubre de 2009

Ley para las personas con discapacidad

Ley para personas con discapacidad

Publicada en gaceta nº 38.595 derogando la ley para la integración de personas incapacitadas.Tiene por objeto regular los medios y mecanismos, que garanticen el desarrollo integral de las personas con discapacidad de manera plena y autónoma, de acuerdo con sus capacidades, y lograr la integración a la vida familiar y comunitaria, mediante su participación directa como ciudadanos y ciudadanas plenos de derechos y la participación solidaria de la sociedad y la familia.
En el Capítulo II de la Ley titulado De la Educación, Cultura y Deportes, se establece en relación a la Educación:

Artículo 15. Toda persona con discapacidad tiene derecho a asistir a una institución o centro
educativo para obtener educación, formación o capacitación. No deben exponerse razones de
discapacidad para impedir el ingreso a institutos de educación regular básica, media,
diversificada, técnica o superior, formación preprofesional o en disciplinas o técnicas que
capaciten para el trabajo. No deben exponerse razones de edad para el ingreso o permanencia
de personas con discapacidad en centros o instituciones educativas de cualquier nivel o tipo

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